La empresa, obligada por la Ley, nos da permiso por el tiempo necesario para asistir a exámenes de estudios oficiales. Este permiso es un permiso retribuido, es decir, que no es necesario recuperar esas horas en ningún caso. Por tanto, si estáis cursando estudios oficiales (Escuela Oficial de Idiomas, Grados, Licenciaturas, Diplomaturas, Graduado Escolar, Formación Profesional, etc.) no es necesario que gastéis días de vacaciones u horas de libre disposición para asistir a los exámenes, basta con que entreguéis un justificante de la asistencia a RRHH.
A un compañero le querían hacer recuperar las horas que había justificado para acudir a un examen, argumentando que no es un permiso retribuido. Después de que mostráramos nuestros argumentos, la empresa ha reconocido que, efectivamente, se trata de un permiso retribuido. Por otro lado, no entendemos que la empresa no otorgue esos permisos de buena gana ya que, objetivamente, sus empleados con su esfuerzo están mejorando su capacitación. En este sentido sería deseable que Indra se preocupara por integrar esta forma de desarrollar el talento y sobre todo para la retención del mismo (reconocimiento, subida salarial).
Estos permisos están recogidos en las condiciones generales de Indra (apartado de descargas del blog), para aquellos contratados en plantilla antes de octubre de 2007, y en el Estatuto de los Trabajadores para todos.
Condiciones Indra:
Licencias retribuidas
Exámenes de Educación General Básica, Bachiller, Formación
Profesional, COU o estudios universitarios. Se concederán
diez permisos anuales de jornada completa con su debida
justificación o veinte medias jornadas.
Estatuto (Art. 23):
Artículo 23. Promoción y formación profesional en el trabajo.
1. El trabajador tendrá derecho:
a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia
a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad
estudios para la obtención de un título académico o profesional.
b) A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación
profesional o a la concesión del permiso oportuno de formación o perfeccionamiento profesional con
reserva del puesto de trabajo.
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